Boleta Electrónica

El plazo de obligatoriedad para emitir boletas electrónicas será a contar del día 1º de enero del 2021 para los facturadores electrónicos y para los contribuyentes que no emitan facturas electrónicas será desde el 1º de marzo del 2021.
los contribuyentes que deseen realizar la emisión de las boletas con una empresa externa deben de cerciorarse que esta se encuentre autorizada por el SII para que así no tengan inconvenientes, por otra parte el Servicio de Impuestos Internos puso a disposición de los contribuyentes la aplicación e-boleta la cual se puede instalar en celulares y tablets la que es totalmente gratuita. Recordar que para comenzar a utilizar la boleta electrónica primero deben inscribir la empresa la cual debe de hacer el representante legal, además pueden utilizar la nueva plataforma del SII para la emisión de boletas con un computador todo esto desde la misma página web.

Para más información

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

×